Auto Supremo AS/0442/2008
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0442/2008

Fecha: 08-Dic-2008

A mayor abundamiento corresponde señalar que el art


A mayor abundamiento corresponde señalar que el art. 15 de la Ley Orgánica de Municipalidades, establece que a tiempo de elegirse a los concejales o munícipes titulares, se elegirá de entre sus miembros igual número de suplentes por simple mayoría de votos, por el periodo de dos años. Cabe destacar, que las atribuciones, obligaciones y prerrogativas inherentes a la función de concejal son las mismas tanto para el titular, como para el suplente