Auto Supremo AS/0442/2008
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0442/2008

Fecha: 08-Dic-2008

Respecto de las dietas canceladas por sesiones de las Comisiones administrativa, técnica, social y cultural,


Respecto de las dietas canceladas por sesiones de las Comisiones administrativa, técnica, social y cultural, de acuerdo a lo establecido en el art. 22 de la Ley Orgánica de Municipalidades, refiere, sólo está consignado el pago de dietas por las sesiones ordinarias y extraordinarias del concejo municipal, por lo tanto, cualquier pago efectuado al margen de lo establecido en dicho precepto, se considera ilegal, así, el monto recibido por Edgar Pedro Sernich Cáceres por estos conceptos, circunstancia concordante con lo establecido en el art. 43 del D.S. No. 21364