Auto Supremo AS/0209/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0209/2010

Fecha: 17-Jun-2010

Acusó la violación, interpretación errónea y la aplicación indebida de la Ley, al respecto señaló


Acusó la violación, interpretación errónea y la aplicación indebida de la Ley, al respecto señaló que el error esencial sobre la naturaleza del contrato o sobre el objeto del contrato, es causal de nulidad, que la Ley en ningún momento se refiere al origen del error, razón por la cual considera que el pronunciamiento de primera instancia es ultra petita, pues la nulidad de contrato reconvenida fue por error y no por dolo, razón por la cual el Juez habría fallado fuera del marco de la reconvención, incumpliendo lo previsto por el artículo 190 del Código de Procedimiento Civil, aspecto que importaría la nulidad de la Sentencia de primera instancia