Auto Supremo AS/0002/2011
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0002/2011

Fecha: 13-Ene-2011

A mayor abundamiento debe decirse que la resolución N° 586/2006 de 7 de diciembre emitida


A mayor abundamiento debe decirse que la resolución N° 586/2006 de 7 de diciembre emitida por la Sala Social de la Corte Superior de Chuquisaca, al conceder la tutela solicitada, otorgó razón al recurrente cuando afirma que este Tribunal no debió decidir sobre la extinción por duración máxima del proceso, teniendo en cuenta que tal solicitud fue planteada ante la Corte Superior de Cochabamba, para mas adelante disponer que previamente se resuelva el conflicto que, -como se tiene dicho- ya fue resuelto tres meses antes al pronunciamiento de la resolución del Recurso de Amparo, concluyéndose indubitablemente que la Corte Superior de La Paz, al disponer una nueva remisión del cuaderno procesal pretendiendo la regularización del procedimiento, ha asumido decisiones erróneas, equivocando la vía, debiendo aquel Tribunal Distrital continuar con la tramitación de la causa, pronunciándose sobre los petitorios de extinción de la acción penal, las excepciones de prescripción y sobre los recursos de casación deducidos contra la sentencia de primer grado