CONSIDERANDO: Que la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, pronunció la Resolución de
VISTOS EN SALA PLENA: El proceso penal que en caso de corte sigue la H. Alcaldía Municipal de La Paz, contra Gaby Candia de Mercado, Armando Asin Imaña, César Antonio Quiroga Soria, Juan Antonio Cuenca Eyzaguirre, Ricardo Almeida Pallares, Rodolfo Lovo Vargas, Raúl Gonzalo Salas Hernández, Roberto Gerardo Sánchez La Fuente y Ricardo Robles Viscarra, por la presunta comisión de los ilícitos de peculado culposo, malversación, cohecho pasivo, uso indebido de influencias, beneficios en razón del cargo, asociación delictuosa, uso de instrumento falsificado, falsedad material, falsedad ideológica, estafa, estelionato e incumplimiento de deberes, previstos en la sanción de los artículos 143, 144, 145, 146, 147, 132, 203, 198, 199, 335, 337, y 154 del Código Penal, los antecedentes del proceso, el informe del Ministro Dr. Ramiro Guerrero Peñaranda, los antecedentes, y
CONSIDERANDO: Que la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, pronunció la Resolución de Sala Plena N° 29/2008 de 2 de septiembre de 2008, y con el propósito de "regularizar procedimiento", dispuso la remisión de obrados ante este Tribunal, para que se pronuncie sobre el conflicto de competencia suscitado entre las Cortes Superiores de Cochabamba y La Paz, así como sobre la solicitud de extinción de la acción penal deducida por la coprocesada Gaby Candia de Mercado y de oficio sobre la procedencia o no de dicha extinción a favor de los demás co-procesados (fojas 14.068-14.069)
- AUTO SUPREMO: 2/2011
- PARTES H
- FECHA: 13 de enero de 2011
- CONSIDERANDO: Que la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, pronunció la Resolución de
- Que, a los efectos de resolver la problemática y evidenciar si la actuación de la
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- CONSIDERANDO: Que de la relación precedente se concluye que la Sala Plena de la Corte
- La pretensión de la Corte Superior de La Paz para que este Tribunal pronuncie una
- Que los co procesados Cesar Quiroga Soria y Armando Asin Imaña al solicitar la "regularización
- Por otro lado es necesario recordar a los solicitantes de la regularización de procedimiento, que
- A mayor abundamiento debe decirse que la resolución N° 586/2006 de 7 de diciembre emitida
- POR TANTO: La Corte Suprema de Justicia de la Nación, con los fundamentos y razonamientos
- Se impone multa a los Vocales Dra
- No intervienen por suspensión dispuesta por la Cámara de Diputados del Congreso Nacional la Ministra
- Ramiro José Guerrero Peñaranda
- Ricardo A. Medina Stephens. Secretario de Cámara.
