No intervienen por suspensión dispuesta por la Cámara de Diputados del Congreso Nacional la Ministra
No intervienen por suspensión dispuesta por la Cámara de Diputados del Congreso Nacional la Ministra Rosario Canedo Justiniano, los Ministros Ángel Irusta Pérez y Hugo Suárez Calbimonte por excusa, tampoco el Ministro José Luis Baptista Morales por ausencia justificada
- AUTO SUPREMO: 2/2011
- PARTES H
- FECHA: 13 de enero de 2011
- CONSIDERANDO: Que la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, pronunció la Resolución de
- Que, a los efectos de resolver la problemática y evidenciar si la actuación de la
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- CONSIDERANDO: Que de la relación precedente se concluye que la Sala Plena de la Corte
- La pretensión de la Corte Superior de La Paz para que este Tribunal pronuncie una
- Que los co procesados Cesar Quiroga Soria y Armando Asin Imaña al solicitar la "regularización
- Por otro lado es necesario recordar a los solicitantes de la regularización de procedimiento, que
- A mayor abundamiento debe decirse que la resolución N° 586/2006 de 7 de diciembre emitida
- POR TANTO: La Corte Suprema de Justicia de la Nación, con los fundamentos y razonamientos
- Se impone multa a los Vocales Dra
- No intervienen por suspensión dispuesta por la Cámara de Diputados del Congreso Nacional la Ministra
- Ramiro José Guerrero Peñaranda
- Ricardo A. Medina Stephens. Secretario de Cámara.
