Auto Supremo AS/0159/2011
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0159/2011

Fecha: 25-Abr-2011

4.- Resolviendo los fundamentos del recurso de casación en el fondo, se establece lo siguiente


4.- Resolviendo los fundamentos del recurso de casación en el fondo, se establece lo siguiente:

No es evidente que se hubiese incurrido en interpretación errónea de los arts. 984 del Código Civil, 200 de la Constitución Política del Estado de 1967; 4º parágrafo II numerales 3 y 6; 8º parágrafo I numeral 10; 44º numeral 4 y otros de la Ley de Municipalidades (L.M.) Nº 2028, porque en Autos conforme determina el art. 984 del Código Civil, en base a un hecho doloso o culposo identificado como la R.M. Nº 361/95, la entidad demandada, quedó obligada al resarcimiento del daño causado a la demandante Celia Muszinsky de De La Fuente, todo en base a la teoría subjetiva de la responsabilidad extra contractual, que se sustenta en la existencia previa de un hecho doloso o culposo en virtud del cual, como nexo causal se ocasiona un daño injusto a una persona, que debe ser resarcido