Auto Supremo AS/0159/2011
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0159/2011

Fecha: 25-Abr-2011

Evidentemente en Autos, no se encuentra en controversia la autonomía municipal, ni las facultades insertas


Evidentemente en Autos, no se encuentra en controversia la autonomía municipal, ni las facultades insertas en la Ley de Municipalidades para emitir resoluciones administrativas respecto del ámbito de su competencia, (arts. 200 de la Constitución Política del Estado de 1967; 4º parágrafo II numerales 3 y 6; 8º parágrafo I numeral 10; 44º numeral 4 y el art. 190 del Código de Procedimiento Civil), sino que como reconoce la SC Nº 1464/2004 de 13 de septiembre de 2004, que fue citada en el recurso objeto de análisis, el acto administrativo (en el caso presente Resolución Municipal), puede revestir características de un acto administrativo inestable, que por sus características puede ser sujeto a modificación, revocación o dejado sin efecto por la misma administración, sin embargo, esas modificaciones están restringidas por el principio de los límites de la discrecionalidad, siendo obligación de la administración notificar a los interesados o afectados, para que se les escuche, antes de emitir la resolución o acto administrativo, para ejercer el derecho a la defensa, como establece la Constitución Política del Estado y otras normas de desarrollo del debido proceso como son por ejemplo en materia administrativa la Ley del Procedimiento Administrativo