Auto Supremo AS/0159/2011
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0159/2011

Fecha: 25-Abr-2011

Sin embargo, previa revisión del recurso, se advierte que el recurrente, entre los fundamentos del


Sin embargo, previa revisión del recurso, se advierte que el recurrente, entre los fundamentos del recurso de casación en el fondo, en el que debe fundamentarse la existencia de "errores in judicando" que hubiesen incurrido los de grado a momento de resolver la causa, referidos a las causales instituidas en el art. 253 del Código de Procedimiento Civil, había fundamentado erróneamente "errores in procedendo", referidos a la infracción de normas adjetivas incumplidas o mal aplicadas en la tramitación del proceso, conforme se encuentran identificadas en el art. 254 del Código de Procedimiento Civil, consistente en la vulneración de los arts. 180, 192 inc. 2), 331, 379, 430, 431, 432, 435, 436, 438 y 441 del Código de Procedimiento Civil, aspecto que no correspondía fundamentar en el fondo, sinó en la forma, por ello en la presente resolución se hace abstracción de los indicados e incorrectos fundamentos para ingresar en el fondo y se pasa a resolver el asunto, como cuestiones de forma, en el orden que corresponda