Que, habiéndose presentado el recurso de casación tanto en la forma como en el fondo,
Por lo anterior solicitan se anule obrados hasta cualquiera de los momentos o fases procesales mencionados o en su caso con relación a la casación en el fondo, se case el Auto de Vista y deliberando en el fondo se falle declarando probada la demanda de usucapión decenal extraordinaria respecto del Lote Nº 81 declarándolos propietarios de dicho inmueble y su inscripción en el Registro de Derechos Reales de Uncía.
CONSIDERANDO III:
FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
Que, habiéndose presentado el recurso de casación tanto en la forma como en el fondo, corresponde que con carácter previo se considere el recurso presentado en forma, toda vez que de ser evidentes los agravios expuestos se daría lugar a la nulidad de obrados, lo que imposibilitaría la consideración del recurso en el fondo
CONSIDERANDO III:
FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
Que, habiéndose presentado el recurso de casación tanto en la forma como en el fondo, corresponde que con carácter previo se considere el recurso presentado en forma, toda vez que de ser evidentes los agravios expuestos se daría lugar a la nulidad de obrados, lo que imposibilitaría la consideración del recurso en el fondo
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Que, ante la determinación del Tribunal de Segunda instancia, los demandantes interpusieron recurso de casación
- En la forma
- 3
- 4
- 5
- En el fondo
- Que, habiéndose presentado el recurso de casación tanto en la forma como en el fondo,
- Establecido lo anterior corresponde precisar
- Con relación a que el Ad quem actuó con exceso de poder al emitir el
- 1
- 2
- De lo anterior, se infiere que la nota cursante a fs
- Por lo anterior desarrollado no existe evidencia de causales de nulidad, por lo que el
- En el caso que nos ocupa, los recurrentes señalan existir disposiciones contrarias, porque el Ad
- Por lo anterior, corresponde a este Tribunal resolver conforme señalan los arts
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Dra. Rita Susana Nava Durán
