Auto Supremo AS/0117/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0117/2012

Fecha: 17-Jul-2012

En consecuencia, de ninguna manera, el Tribunal de Apelación puede sustraerse de esa responsabilidad, el


En consecuencia, de ninguna manera, el Tribunal de Apelación puede sustraerse de esa responsabilidad, el que debe resolver la controversia en apego a los principios de congruencia, pertinencia, previsibilidad, razonabilidad y exhaustividad, dentro del marco jurisdiccional y la expresión de agravios del recurso, enmarcando su decisión a las formas de resolución previstas en el artículo 237 y resolviendo el proceso conforme establece el artículo 397, ambos del Código Adjetivo Civil, decidiendo en el fondo el conflicto, otorgando la tutela judicial efectiva, salvo los previstos por la ley en vía de saneamiento