Auto Supremo AS/0117/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0117/2012

Fecha: 17-Jul-2012

En virtud de lo anterior, tomando en cuenta las disposiciones contenidas en los artículos 141


En virtud de lo anterior, tomando en cuenta las disposiciones contenidas en los artículos 141 y 142 del Código de Procedimiento Civil, así como el entendimiento expresado en la Sentencia Constitucional Nº 1508/05-R de 15 de noviembre de 2005, que refiere "...para el caso de los plazos procesales que se cuentan por días, el término comienza a correr desde el día hábil siguiente a la notificación y culmina el último momento hábil del día que corresponde...", en el caso en análisis, la notificación con la Sentencia fue practicada el miércoles 8 de agosto de 2007, por lo que el plazo de 5 días para interponer recurso de apelación señalado en el artículo 205 del Código Procesal del Trabajo, debe computarse a partir del jueves 9 de agosto, venciendo el mismo el lunes 13 de agosto a horas 18:00, que fue el momento de presentación del recurso de apelación, a través de dos memoriales, de fojas 126 a 127 y vuelta el primero y de fojas 129 a 130 el último, según consta por cargos sentados a fojas 128 y 130, respectivamente, verificándose en consecuencia, por lo precedentemente relacionado, que el Tribunal Ad quem no realizó el cómputo del término correspondiente de acuerdo con lo que disponen las normas referidas a la materia