Auto Supremo AS/0117/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0117/2012

Fecha: 17-Jul-2012

Por lo anterior, salvo expresa autorización de la ley, la Sentencia no puede tener un


Por lo anterior, salvo expresa autorización de la ley, la Sentencia no puede tener un resultado ultra petita; es decir, contener más de lo pedido. Tampoco puede ser extra petita, pronunciándose sobre determinados extremos al margen de lo pedido por las partes; finalmente, la Sentencia tampoco puede tener un resultado citra petita; es decir, no puede dejar de analizar y resolver todas las pretensiones sostenidas por las partes en el curso del proceso