Auto Supremo AS/0349/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0349/2012

Fecha: 19-Sep-2012

CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso laboral, el Juez Cuarto del Trabajo y Seguridad Social

SALA SOCIAL Y ADMINISTRATIVA
Auto Supremo Nº 349
Sucre, 19/09/2012
Expediente: 231/2012-S
Distrito: Santa Cruz
Magistrada Relatora: Norka N. Mercado Guzmán



VISTOS: El recurso de casación de fs. 292-296, interpuesto por María Aideé Sandoval de Griffiths y Rubén Jorge Siles Soruco en representación del Banco Solidario S.A. (BANCOSOL S.A.) contra el Auto de Vista de fecha 23 de diciembre de 2011 (fs. 266-267), pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso social que sigue Erwin Yépez Montaño contra BANCOSOL S.A., el Auto de concesión del recurso de fs. 302, los antecedentes del proceso y
CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso laboral, el Juez Cuarto del Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de Santa Cruz, emitió la Sentencia de fecha 11 de diciembre de 2009 (fs. 216-220), declarando probada la demanda, con costas, improbada la excepción de pago documentado, disponiendo que la entidad demandada cancele al actor por los conceptos de desahucio (3 meses), indemnización (3 años, 4 meses y 9 días), aguinaldo duodécimas (07 meses y 07 días), vacación (30 días, de dos años), sueldo devengado (7 días), más multa del 30% conforme al D.S.28699, descontando el monto pagado, correspondiendo un total de Bs.70.811,26 a pagarse dentro del tercero día de su legal notificación