Auto Supremo AS/0349/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0349/2012

Fecha: 19-Sep-2012

Por otro lado, afirma que ni el Juez a quo, ni el ad quem valoraron

Por otro lado, afirma que ni el Juez a quo, ni el ad quem valoraron la improcedencia del pago de desahucio e indemnización por tiempo de servicios, en razón de su abandono injustificado y porque tampoco cumplió los cinco años de antigüedad, contemplados en los artículos 12 y 13 de la Ley General del Trabajo y el Decreto Supremo 11478