Auto Supremo AS/0349/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0349/2012

Fecha: 19-Sep-2012

Señala que no corresponde el pago de multa del 30%, considerando que la desvinculación se

Continúa señalando que el a quo no valoró la improcedencia del pago de aguinaldo y vacaciones, que fueron canceladas mediante consignación en cuentas del Ministerio de Trabajo, acreditando dicho extremo con el comprobante de depósito del Banco Unión No. 30578550 de 1 de septiembre de 2008.
Señala que no corresponde el pago de multa del 30%, considerando que la desvinculación se materializó en fecha 15 de agosto de 2008 y el depósito se realizó el día 1 de septiembre del mismo año, ya que el día 31 de agosto era domingo