Auto Supremo AS/0495/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0495/2013

Fecha: 09-Oct-2013

Del análisis realizado anteriormente, la Sentencia de primera instancia, para la determinación de la pena

Respecto a la cita del los arts. 145, 150 y 154 del Código de Procedimiento Penal, de acuerdo al desarrollo de su recurso de casación, en el mismo no se puede advertir fundamentación relacionada a los mismos, por lo que no se adecua a la exigencias que debe contener el mismo, vale decir la especificación de motivos, indicando en qué consiste el quebrantamiento de la norma supuestamente infringida, incumpliendo lo previsto en el art. 301 del Código de Procedimiento Penal.
Del análisis realizado anteriormente, la Sentencia de primera instancia, para la determinación de la pena tomó en cuenta las previsiones contenidas en las previsiones contenidas en el capítulo de la aplicación de las penas del Código Penal, imponiéndoles la pena de acuerdo a su grado de participación, la misma que fuera desarrollada en la Sentencia, de fs. 1934 vta. a1943 de obrados