Auto Supremo AS/0495/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0495/2013

Fecha: 09-Oct-2013

POR TANTO

POR TANTO:
La Sala Penal Liquidadora del Tribunal Supremo de Justicia, de acuerdo con la facultad conferida por la Disposición Transitoria Octava de la Ley Órgano Judicial, art. 8-II) de la Ley Nº 212, en aplicación de los numerales 1) y 2) del art. 307 del Código de Procedimiento Penal; declara: INFUNDADOS los Recursos de Casación interpuestos por Rigoberto Policarpio Cáceres Ramírez y Máximo Wilde Illanes Escobar e IMPROCEDENTE el Recurso de Casación formulado por Walfre Beltrán Quiróz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra los recurrentes, Carlos Luna Camacho y Jaime Zenón José Roberto Pers Montalvo, por la comisión de los delitos de Cohecho Pasivo Propio, Negociaciones Incompatibles con el Ejercicio de Funciones Públicas, Concusión, Incumplimiento de Deberes y Cohecho Activo, previstos y sancionados por los arts. 145, 150, 151, 154 y 158 del Código Penal, con costas