Auto Supremo AS/0510/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0510/2013

Fecha: 01-Oct-2013

Como se dijo todos estos documentos demuestran que el recurrente fue parte activa en la

Como se dijo todos estos documentos demuestran que el recurrente fue parte activa en la aprobación de dicho proyecto y ahora pretender deslindarse de responsabilidad arguyendo que fue él quien observó dicho proyecto, no resulta lógico y va en contra de lo verdaderamente acontecido en la litis, si bien de manera posterior realizó las observaciones consiguientes a dicho proyecto, dicho aspecto no borra su actuación anterior, donde en ese momento debió realizar su disidencia con la aprobación del Proyecto impugnado, y ahora tratar de justificar su actuar con las pruebas indicadas líneas arriba no llega a demostrar, mucho menos justificar que él siempre se opuso a dicho proyecto como erradamente indica el recurrente, así fue entendido por los Tribunales de instancia al igual que la parte demandante que transcribiendo de manera íntegra y real lo indicado por el recurrente como confesión judicial se tiene que la parte actora efectuando su argumentación sobre el proyecto indicó que “…iba a ser deficitario y que la inversión era considerable, observación de alguna manera coincidente con la del Consejero Sr. Sandro Mariane, quien realizo algunas observaciones de manera tardía.”, de lo transcrito de manera textual se tiene que no existe confesión judicial espontánea que beneficie al demandado, más al contrario de manera clara y concreta se indica que dichas observaciones de parte del recurrente fueron hechas de manera tardía luego de que ya se tenía aprobado todo el proyecto cuestionado