Auto Supremo AS/0779/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0779/2013

Fecha: 24-Dic-2013

Concluyó solicitando que el Tribunal Supremo de Justicia case el Auto de Vista recurrido y

Finalmente citó jurisprudencia al respecto, contenida en los Autos Supremos Nos. 1221 de 10 de noviembre de 2006 y 503 de 20 de julio de 2006, emitido por la entonces Corte Suprema de Justicia de la Nación, por lo que quedaría demostrado que el actor fue contratado bajo condiciones que hacen a la relación civil y administrativa de un consultor, ocupando un cargo de libre nombramiento, enmarcados en la Ley Nº 2027 art. 5. c), de donde resulta ininteligible que el Auto de Vista haya confirmado una sentencia que concedió beneficios sociales amparándolo bajo la Ley General del Trabajo; sin considerar que desde la vigencia de la Ley Nº 2027, no correspondía tal calidad del demandante, cuyas obligaciones estaban circunscritas a una relación protegida por normas civiles y administrativas.
Concluyó solicitando que el Tribunal Supremo de Justicia case el Auto de Vista recurrido y declare improbada la demanda, con las formalidades de ley