Auto Supremo AS/0779/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0779/2013

Fecha: 24-Dic-2013

Señaló también que el artículo 38 del Reglamento de la Ley Nº 2027 enumera las

Señaló también que el artículo 38 del Reglamento de la Ley Nº 2027 enumera las entidades públicas que están excluidas de la aplicación de la Ley Nº 2027, dentro de las cuales no se encuentra el FONDESIF, entendiéndose que testa entidad está regulada por el Estatuto del Funcionario Público y no por la normativa laboral; agregando también que, en el presenta caso se debe aplicar el artículo 1 del Decreto Reglamentario a la Ley General del Trabajo, el cual se omitió arbitrariamente su consideración ya que tampoco se aplicó lo previsto en el artículo 28. c) de la Ley 1178, evidenciándose que el actor como consultor, no puede gozar de los beneficios sociales que reclama, porque en su condición de servidor público no puede beneficiarse con las prescripciones de la Ley General del Trabajo