Auto Supremo AS/0094/2013-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0094/2013-RRC

Fecha: 03-Abr-2013

Mediante memorial presentado el 13 de agosto de 2012 (fs

Mediante memorial presentado el 13 de agosto de 2012 (fs. 162 a 166), Grover Tordoya Fuentes, interpuso recurso de apelación restringida contra la Sentencia 21/2012, aduciendo que ella fuese fruto de un proceso ilegal y violatorio del debido proceso, pues, apuntando al art. 35 del CPP y las limitaciones del ejercicio de la acción penal, señaló que al ser los querellantes sus hermanos carnales, se encontrarían dentro de las previsiones de aquel artículo, y por tanto la acción penal no pudo haber sido promovida ante la existencia de un impedimento legal, afirmando que tal limitante fue asumida por el Ministerio Público en casos similares al suyo (cita al caso FELCC-CBBA-QUILL 1200064), como así una línea jurisprudencial constituida por el entonces Tribunal Constitucional, por lo que tal extremo constituiría defecto absoluto conforme el art. 169 inc. 3) del CPP, citando y transcribiendo la "Sentencia Constitucional Nº 988/2005-R" (sic) y la Sentencia Constitucional correspondiente al expediente 2004-08410-17-RAC. En ese sentido pidió la anulación de obrados hasta el momento de requerirse imputación formal. También en ese punto señaló que el hecho por el que se lo juzgó -incluso en el supuesto de existir víctimas- no produjo daño alguno pues los bienes del litigio aun estuvieran registrados en oficinas de Derechos Reales a nombre de Liboria Fuentes Vda. de Tordoya y sus herederos