Auto Supremo AS/0170/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0170/2013

Fecha: 14-Jun-2013

Posteriormente, en cumplimiento de la resolución suprema descrita precedentemente, la Sala Penal Segunda del Tribunal

Contra la citada Sentencia ambos imputados formularon recursos de apelación restringida (fs. 142 a 145 y 147 a 159), resueltos por Auto de Vista Nro. 25/2012 de 11 de octubre de 2012 (fs. 185 a 196), pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, que lo declaró improcedente y confirmó la Sentencia impugnada.
Con el Auto de Vista referido, el imputado Severo Laureano Micaso fue notificado el 22 de octubre de 2012 (fs. 197) formulando el recurso de casación el 29 de octubre de 2012 (fs. 213 a 225), resuelto por Auto Supremo Nro. 368/2012 de 5 de diciembre de 2012, emitido por la Sala Penal Primera del Tribunal Supremo de Justicia, que dejó sin efecto el Auto de Vista impugnado, ordenando que la Sala Penal del Tribunal Departamental de Justicia Oruro que dictó el Auto de Vista recurrido pronuncie nueva resolución de acuerdo con la doctrina legal establecida.
Posteriormente, en cumplimiento de la resolución suprema descrita precedentemente, la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, pronunció el Auto de Vista Nro. 10/2013 de 15 de abril de 2013, que declaró improcedente el recurso de apelación restringida interpuesto y confirmó la Sentencia impugnada