Auto Supremo AS/0452/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0452/2014

Fecha: 03-Oct-2014

Se regula el honorario profesional en la suma de Bs


IV. POR  TANTO:

4.1. La Sala Civil Liquidadora del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el parágrafo I numeral 1) del artículo 42 concordante con la disposición Transitoria Octava de la Ley del Órgano Judicial y en aplicación de lo dispuesto por los artículos 271 numeral 2) y 273 del Adjetivo Civil, declara INFUNDADO el recurso de casación en el fondo, cursante de fojas 703 a 710 vuelta, interpuesto por Alejandro Salvador Martínez Méndez, con costas.

Se regula el honorario profesional en la suma de Bs. 1.500 que mandará a pagar el señor Juez a quo