Auto Supremo AS/0476/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0476/2014

Fecha: 10-Oct-2014

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6. Efectúa una relación de obrados y señala que, la sentencia Nº 359/02 que declaró probada la demanda de usucapión juzgó la contención, efectuando una valoración dentro de la sana crítica, siendo dicha resolución congruente en cuanto a la pretensión codemandada y al mandato del Testimonio Nº 236/200; situación que tanto el Auto de Vista anulado por el Auto Supremo Nº 280, como el actual Auto de Vista recurrido no ha considerado, omisión tras la cual se declaró improbada la demanda y la reconvención y de forma ultra petita declaró probada la tercería de dominio excluyente planteada por el Banco Económico S.A., el cual no es parte del proceso, conforme lo determina el artículo 50 del Código Adjetivo Civil, no teniendo tampoco capacidad de tercerista según la previsión del artículo 52 del mismo compilado legal y por representación del gestor sin mandato previsto en el artículo 59 del ya mencionado cuerpo legal