Auto Supremo AS/0478/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0478/2014

Fecha: 10-Dic-2014

Añade además que lo alegado por el coactivado como sustento a la excepción de pago,

Añade además que lo alegado por el coactivado como sustento a la excepción de pago, sólo hace evidencia del pago realizado a AASANA, más no a FOCSSAN, que únicamente se refleja en el pago a la cuenta del Tesoro General de la Nación, como lo refiere la cláusula quinta del contrato de préstamo suscrito por el coactivado