Respalda lo anterior afirmando que el art
Respalda lo anterior afirmando que el art. 397 del CPC, obliga a los jueces a la valoración de las pruebas esenciales y decisivas, extremo que en posición del recurso no sucedió, dado que el omitir valorar las actas de audiencia de inspección ocular, al demostrar éstas la no existencia de documentación fehaciente que demuestre que el coactivado debía realizar a FOCSSAN, aspecto que constituye violación de los arts. 190, 192 y 236 del CPC y el art. 202 del Código Procesal del Trabajo (CPT) transcribiendo al efecto una porción del Auto Supremo No 402/2013
- CONSIDERANDO I
- Posterior a ello, la Juez Primero del Trabajo y Seguridad Social del Tribunal Departamental de
- En conocimiento de aquella Sentencia la parte demandante opuso recurso de apelación (fs
- a
- Sobre lo anterior indica que la excepción de pago opuesta no fue planteada correctamente, por
- Añade además que lo alegado por el coactivado como sustento a la excepción de pago,
- b
- c
- Finalmente transcribiendo una porción de la Sentencia Constitucional Plurinacional (SCP) Nº 0709/2013 señala que el
- d
- Respalda lo anterior afirmando que el art
- Jorge Fernando Soruco Bozo, por memorial de fs
- El recurrente invoca el art
- Conforme a su contenido, el señalado artículo es en esencia un medio protector del principio
- Citando el art
- En criterio de la Sala, cuando la norma hace alusión a la frase o reclamos
- En tal sentido, interpuesta que fue la excepción de pago (fs
- El memorial de fs
- Ahora bien, en lo que toca al caso de autos, la Sala considera que un
- La Sentencia, previo a describir el origen de la nota de cargo (señalamiento del contrato
- De la glosa precedente, es claro que el Tribunal de Alzada, dio por bien hecho
- La parte recurrente arguye que el Auto de Vista impugnado no observó el principio de
- Bajo estos parámetros se concluye que al no ser evidentes las infracciones denunciadas en el
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
