Auto Supremo AS/0521/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0521/2014

Fecha: 30-Dic-2014

En el marco de estos antecedentes, el fallo de segunda instancia es acorde a los

En el marco de estos antecedentes, el fallo de segunda instancia es acorde a los datos del proceso y a la previsión contenida en el art. 67 de la CPE y de ninguna manera vulnera el art 477 del RCSS, pues como ya fuera expresado, corresponderá a la administración, en su caso, seguir las acciones que correspondan a efecto de demostrar que el asegurado incurrió en las previsiones de la norma citada, en virtud de lo cual y una vez demostrado el hecho, procederá la aplicación de las medidas de sanción que correspondan