Juristeca
Juristeca País
    Auto Supremo AS/0066/2014
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0066/2014

    Fecha: 24-Feb-2014

    Error al cargar el documento

    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso social, el Juez de Partido Tercero del Trabajo y
    • Esta resolución motivó el recurso de casación parcial de fs
    • Por otra parte señaló la vulneración del artículo 46 de la Ley General del Trabajo
    • Con referencia a las vacaciones y el aguinaldo, a favor de los actores, señaló que,
    • Por otra parte manifestó que en la liquidación de beneficios sociales de María del Carmen
    • También señaló que en el Auto de Vista recurrido, refiere que la imposición de la
    • En el recurso de casación en el fondo de fs
    • También adujo, que al no haber presentado el demandado los balances anuales, debe aplicarse la
    • Por otra parte manifestó que existe prueba documental de que los beneficios sociales de Gustavo
    • En cuanto a los actores María del Carmen Hurtado Salazar y Juan Carlos Zapata Osorio,
    • Acusó como otra vulneración a la norma social, el hecho de que al Arquitecto Medeiros,
    • Concluyó solicitando que el Tribunal Supremo de Justicia case el Auto de Vista recurrido y
    • CONSIDERANDO II: Que así planteados los recursos, analizado el contenido de los mismos se
    • En este sentido, de la revisión exhaustiva del Auto de Vista recurrido, se advierte que
    • Por lo que, en base a las consideraciones arriba expuestas corresponde dejar claramente establecido que
    • En cuanto a las cuestiones de fondo, se advierte que la parte demanda manifiesta que
    • En tal sentido, no siendo evidentes las acusaciones alegadas por la parte demandada,
    • Resolviendo el recurso de casación de los actores cursante a fs
    • Al respecto, revisados los antecedentes procesales, se advierte que tal afirmación no es evidente, toda
    • En cuanto al reclamo sobre el pago de primas, corresponde señalar que no procede el
    • En cuanto a los reclamos sobre el sueldo promedio indemnizable de Álvaro Gustavo Medeiros Anaya
    • Por último, en cuanto a los pagos efectuados por la parte demandada en favor de
    • Consiguientemente, al ser parcialmente evidentes las infracciones acusadas, corresponde resolverlo en la forma prevista por
    • POR TANTO: La Sala Social y Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución
    • En cumplimiento del artículo 41 de la Ley del Órgano Judicial concordante con la Sentencia
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase
    • Firmando: Dr. Antonio G. Campero Segovia
    • Ante mí: Dra. Carla Jimena Rivera Taboada
    • Secretaria de Sala Social y Administrativa

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca