Auto Supremo AS/0066/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0066/2014

Fecha: 24-Feb-2014

POR TANTO: La Sala Social y Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución


POR TANTO: La Sala Social y Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución contenida en los artículos 184. 1 de la Constitución Política del Estado y 42. I. 1 de la Ley del Órgano Judicial Nº 025 de 24 de junio de 2010, declara INFUNDADO el recurso de casación interpuesto por la parte demandada cursante a fs. 495 a 498 vta.; y en cuanto al recurso de casación interpuesto por los demandantes de fs. 502 a 503 vta., CASA EN PARTE el Auto de Vista recurrido, disponiendo que en ejecución de Sentencia, se cancele la multa del 30 % a favor de los actores sobre el total de los beneficios sociales que le correspondan de acuerdo a la siguiente liquidación:
Para María del Carmen Hurtado Salazar la multa debe calcularse sobre el monto total de Bs.23.103,36.-; para Juan Carlos Zapata Osorio, sobre el monto total de Bs.17.285,06.-; y para Álvaro Gustavo Medeiros Anaya la multa debe calcularse sobre el monto total de Bs.51.531,36.-, manteniéndose en los demás aspectos firme e incólume el Auto de Vista recurrido.
Sin multa por ser excusable.
No se regula el honorario profesional de abogado por ser ambas partes recurrentes