Auto Supremo AS/0066/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0066/2014

Fecha: 24-Feb-2014

También señaló que en el Auto de Vista recurrido, refiere que la imposición de la

También señaló que en el Auto de Vista recurrido, refiere que la imposición de la multa del 30 % a favor de Álvaro Gustavo Medeiros, sería correcta conforme a lo previsto en el artículo 9 del Decreto Supremo Nº 28699, por haber cancelado los beneficios sociales supuestamente con retraso, arguyendo que el Tribunal de Segunda Instancia confundió y realizó una interpretación errada de los argumentos expuestos por la Universidad demandada, ya que se demostró la cancelación en demasía sus beneficios sociales, pues el supuesto retraso no es atribuible a la Universidad, puesto que el finiquito de pago, fue observado por el actor, evidenciándose que el retraso fue provocado por el Sr. Mederiros, por consiguiente existe pago total de sus beneficios, no siendo viable el pago de la multa del 30 % a favor de Álvaro Gustavo Medeiros Anaya, ya que el retraso no fue atribuible a la parte demandada, sino al actor