Auto Supremo AS/0017/2014-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0017/2014-RRC

Fecha: 24-Mar-2014

c) Con la descripción previa de los contratos suscritos por el imputado, el Tribunal de


c) Con la descripción previa de los contratos suscritos por el imputado, el Tribunal de Sentencia, señala que, se arribó a la conclusión de que ninguno de tales instrumentos tiene el rango de escritura pública como exige la norma, ni siquiera valor de documento privado reconocido, ya que no se procedió al reconocimiento de firmas y rúbricas en términos del art. 319 inc. 2) del Código de Procedimiento Civil (CPC), hecho del que emerge la convicción de que la conducta del imputado Denver Pedraza López, en su condición de Jefe de DIRCABI Santa Cruz, conlleva conculcación del DS 26143 de 6 de abril de 2001, y con ello, la comisión de los delitos de Incumplimiento de Deberes y Contratos Lesivos al Estado (art. 154 y 221 del CP), más aun tomando en cuenta que algunos contratos no fueron suscritos por los interesados