Auto Supremo AS/0017/2014-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0017/2014-RRC

Fecha: 24-Mar-2014

v) Finalmente, denunció que el acusador particular abandonó el proceso en pleno juicio oral, señalando


v) Finalmente, denunció que el acusador particular abandonó el proceso en pleno juicio oral, señalando que pese al reclamo de la defensa el Tribunal de Sentencia, permitió que Moisés Aguilera López, Jefe de DIRCABI regional Santa Cruz, prosiguiera con la acusación particular, cuando su poder dante Gonzalo Javier Aguilar Dávalos, había sido removido de sus funciones de Director General de DIRCABI, y reemplazado por otra persona, de quien el acusador referido no tenía poder alguno, porque ya se había designado a otra apoderada, hecho sobre el que refiere que fue convalidado por el Tribunal incluso en la Sentencia, cuando los arts. 292 y 381 del CPP, son absolutamente claros al determinar estos hechos como abandono de la acusación, citando nuevamente los Autos Supremos 368 de 17 de septiembre de 2005, y 573 de 4 de octubre de 2004, referidos a defectos absolutos y a la competencia de oficio del Tribunal jerárquico, cuando se advierte defectos de procedimientos y vicios de la Sentencia, solicitando al Tribunal, anule el juicio en su totalidad, se reponga por otro Tribunal y se decrete el abandono del acusador particular quién podrá participar como testigo