Auto Supremo AS/0017/2014-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0017/2014-RRC

Fecha: 24-Mar-2014

iv) También denuncia “inédita recusación a todo el Tribunal Quinto de Sentencia por parte de


iv) También denuncia “inédita recusación a todo el Tribunal Quinto de Sentencia por parte de DIRCABI, en medio juicio oral, Jueces Técnicos y ciudadanos, anti procedimental, que viola el debido proceso” (sic), bajo este acápite, el recurrente, denuncia que ya encontrándose en el desarrollo del juicio oral, el Fiscal asignado al caso, pretende que el imputado reconozca los contratos que resultaron ser fotocopias ilegalmente legalizadas, hecho que mereció observación de la defensa en sentido de que quien había legalizado las mismas no era el funcionario autorizado para hacerlo, razón por la que el Tribunal de Sentencia conminó al representante de DIRCABI a presentar los originales, sin que haya cumplido tal conminatoria, al contrario, sin poder expreso y bajo el criterio de que el Tribunal se estaba parcializando con el imputado, procede a recusar a todo el Tribunal en medio juicio, aspecto que no se encuentra contemplado en el ordenamiento adjetivo, como tampoco se respetó la oportunidad para recusar, por lo que considera que se vulneró el debido proceso, citando para fundamentar este motivo los Autos Supremos 368 de 17 de septiembre de 2005, que estableció que los actos y resoluciones que contravienen el debido proceso, son considerados como defectos absolutos; y, el 573 de 4 de octubre de 2004, referido a que se abre la competencia del Tribunal jerárquico, cuando se advierten defectos de procedimiento o vicios de la Sentencia, solicitando se anule el juicio en su totalidad y se ordene la reposición de juicio por otro Tribunal de Sentencia