Auto Supremo AS/0041/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0041/2014

Fecha: 10-Abr-2014

De otro lado refirió que conforme a la nota ASFI/DSR IV/R-62107/2009 emitida por la ASFI,

De otro lado refirió que conforme a la nota ASFI/DSR IV/R-62107/2009 emitida por la ASFI, se certifica que CIDRE no está habilitada para captar recursos del público (intermediación), hasta no contar con la Licencia de Funcionamiento, demostrando que dicha licencia es para captar recursos del público y no para considerar a CIDRE como entidad financiera; por lo que la afirmación del Tribunal de Alzada de que las certificaciones de la ASFI, no señalan disposición legal que reconozca a CIDRE como entidad financiera, no es evidente, ya que se lo indica específicamente en al art. 14 de la Ley Nº 1864, en relación con el art. 16 del mismo cuerpo legal