Auto Supremo AS/0041/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0041/2014

Fecha: 10-Abr-2014

Señalado además, no haberse valorado las certificaciones ASFI/DSR IV/R-76037/2013 de 24 de mayo; informes técnicos

Señalado además, no haberse valorado las certificaciones ASFI/DSR IV/R-76037/2013 de 24 de mayo; informes técnicos periciales emitidos por Reynaldo Yujra Segales y Marcelo Guillen Ceballos; Declaración Jurada de Marcelo Zabalaga Estrada presidente del Banco Central y redactor de la Resolución SB 034/2008 que ya consideraba con anterioridad a su emisión a las ONG Financieras como entidades financieras, y que la licencia de funcionamiento se otorga para autorizarlas a efectuar operaciones de intermediación financiera y no para considerarlas como entidades financieras; las Resoluciones AGIT-RJ1461/2013 y AGIT-RJ1462/2013 ambas de 19 de agosto, que establecen que el CIDRE es una ONG con calidad de entidad financiera, y que los intereses que genera por los créditos que otorga no se encuentran comprendidos en el objeto del IVA, fundamento válido para la gestión 2005