Auto Supremo AS/0129/2014-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0129/2014-RRC

Fecha: 22-Abr-2014

Dentro de ese marco, se establece que el recurrente, a través de su defensa técnica,


Dentro de ese marco, se establece que el recurrente, a través de su defensa técnica, en reiteradas ocasiones solicitó la suspensión de la audiencia de juicio oral, no habiendo efectuado ningún reclamo cuando la autoridad jurisdiccional competente estableció las fechas de reanudación de la referida audiencia, extremo del cual se infiere no le causó agravio alguno a sus derechos, argumento también sostenido por el Tribunal de alzada, en el Auto de Vista impugnado al resolver la apelación restringida, al concluir que existió una actitud de convalidación por parte del imputado al no haber formulado reclamo alguno ante el Tribunal de Sentencia y no haber fundamentado cómo las denunciadas dilaciones perjudicaron la resolución de su caso, extremo que de manera alguna contradice los precedentes invocados por el recurrente y los establecidos por este Tribunal respecto al principio de continuidad en el desarrollo del juicio oral