Auto Supremo AS/0129/2014-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0129/2014-RRC

Fecha: 22-Abr-2014

La audiencia de 28 de noviembre de 2011, fue suspendida debido a la ausencia del


Con la finalidad de determinar si efectivamente la Resolución de alzada a momento de declarar improcedente el recurso de apelación restringida formulado por el imputado, adecuó su accionar a los antecedentes del proceso y a la doctrina legal aplicable, es necesario efectuar la relación de las fechas de suspensión o interrupción de la audiencia de juicio; así, el recurrente inicialmente cuestiona la dilación en la fijación de la audiencia de 22 de noviembre -se asume del 2011-, fecha fijada luego de la suspensión dispuesta en la audiencia de 11 del mismo mes y año (fs. 17 y vta.), debido a la inasistencia de la Jueza ciudadana Rosalía Guzmán Ticona, habiendo solicitado la abogada de la defensa del imputado su suspensión y que la autoridad inconcurrente sea conminada a presentarse en la próxima audiencia a ser señalada por el Tribunal Primero de Sentencia, quien además no efectuó reclamo alguno por la fecha fijada por éste.

La audiencia de 28 de noviembre de 2011, fue suspendida debido a la ausencia del representante del Servicio Departamental de Gestión Social, oportunidad en la que la abogada de la defensa apoyó la solicitud de suspensión de la audiencia y no efectuó reclamo alguno cuando el Presidente el Tribunal de Sentencia fijó su reanudación para el 9 de diciembre del mismo año (fs. 26 y vta.). Reinstalada la aludida audiencia en la fecha señalada, a su conclusión el Presidente del Tribunal, la señaló para el 16 del citado mes y gestión; empero, a pedido del “Dr. Cabrera” abogado de la defensa, por tener otro actuado judicial en la misma fecha, la audiencia se fijó para el 22 de diciembre de 2011 (fs. 27 a 32)