Alega, que se vulneró flagrantemente el
EN LA FORMA
Alega, que se vulneró flagrantemente el Derecho Constitucional de la legítima defensa, del debido proceso y la seguridad jurídica, considerando que se le privó de uno de los principales mecanismo de defensa, cual es la excepción, al no haberse tramitado, ni resuelto en Sentencia, la excepción perentoria de pago, transgrediéndose el art. 133 del Código Procesal del Trabajo, cuyas normas son de orden público y cumplimiento obligatorio
Alega, que se vulneró flagrantemente el Derecho Constitucional de la legítima defensa, del debido proceso y la seguridad jurídica, considerando que se le privó de uno de los principales mecanismo de defensa, cual es la excepción, al no haberse tramitado, ni resuelto en Sentencia, la excepción perentoria de pago, transgrediéndose el art. 133 del Código Procesal del Trabajo, cuyas normas son de orden público y cumplimiento obligatorio
- Partes : Jonathan Yasmany Ruiz Suarez c/ Banco
- Descuentos
- Contra el referido Auto de Vista, la
- Denuncia también, como interpretación errónea en relación
- Expresa, que el proceso administrativo interno se
- Alega, que se vulneró flagrantemente el
- Finalmente, solicita que se dicte Auto Supremo
- CONSIDERANDO II: Que, examinados los antecedentes del
- Al respecto, cabe aclarar que el Recurso
- Que, la Empresa recurrente Banco los Andes
- Al respecto, la entidad bancaria, mediante Resolución
- Asimismo, debe tenerse presente que en
- Por otra parte, es importante aclarar que
- Adicionalmente, debe tomarse en cuenta que los
- En cuanto a la supuesta interpretación errónea
- Que por la naturaleza de las relaciones
- Que, en materia de nulidades procesales, se
- En el caso de Autos, el recurrente
- Al respecto, se colige que por decreto
- En ese entendido, debe observarse que, la
- A mayor fundamentación, es menester referirnos al
- Por lo expuesto, la acusada vulneración del
- Por lo precedentemente expuesto y en el
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa
- MAGISTRADO RELATOR: Dr. Delfin Humberto Betancourt Chinchilla
- Libro de Tomas de Razón Nº 206/2014
