Auto Supremo AS/0206/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0206/2014

Fecha: 21-Jul-2014

Por lo precedentemente expuesto y en el

Por lo precedentemente expuesto y en el marco legal descrito, el Tribunal de Alzada al emitir el Auto de Vista recurrido, no incurrió en violación y errónea aplicación de las normas legales que rigen la materia, ni interpretó y aplicó indebidamente la Ley, por consiguiente corresponde resolver de acuerdo a lo establecido por los arts. 271 -2) y 273 del Código de Procedimiento Civil, aplicables al caso con la facultad remisiva contenida en el art. 252 del Código Procesal del Trabajo