Auto Supremo AS/0394/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0394/2014

Fecha: 18-Ago-2014

Efectivamente, el incumplimiento de la carga argumentativa que debe realizar el recurrente de casación, de


Efectivamente, el incumplimiento de la carga argumentativa que debe realizar el recurrente de casación, de identificar en forma clara y precisa si su denuncia se relaciona con la falta de fundamentación o, en su caso, de omisión de pronunciamiento y la especificación del precedente contradictorio correspondiente, no podrá ser subsanada por el Tribunal Supremo de Justicia, a menos que por las circunstancias fácticas del caso y la problemática analizada se constate la existencia del defecto absoluto denunciado u otros que no puedan ser convalidados, circunstancia en la que la regla precedentemente señalada será flexibilizada únicamente cuando el Tribunal Supremo de Justicia constate su concurrencia, y éstos –defectos absolutos- tengan como lógica consecuencia la lesión de derechos fundamentales y garantías constitucionales