Auto Supremo AS/0394/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0394/2014

Fecha: 18-Ago-2014

Una vez concluido el debate de juicio oral, el Juez Octavo de Sentencia en lo


Una vez concluido el debate de juicio oral, el Juez Octavo de Sentencia en lo Penal del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dictó sentencia condenatoria contra los acusados por la comisión del delito de Hurto de medicamentos de la empresa IMBOLMED, condenándoles a la pena de tres años de reclusión, en razón a que la autoridad judicial consideró que Carmelo Cuéllar Torrez, se apropió de manera indebida e ilícita de medicamentos que estaban fuera del control de su propietario, concluyendo que: i) Era encargado del almacén y tenía la llave conjuntamente con el propietario, y al ser el encargado del almacén era el responsable del cuidado de los medicamentos; ii) El delito se consumó en el momento de la realización del primer inventario en el cual se determinó que faltaban diez ampollas del medicamento surfactante de un valor elevado, aspecto que la autoridad judicial tuvo por corroborado por la declaración de Cristian Bruno Herrera (contador de la empresa), Guido Herlan España Barrios y el propietario Guido Faustino España, y que Erika Ysabel Hoyos, se apropió de mercadería mediante una serie de maquinación y alteraciones al sistema informático de la empresa aprovechando las ventas a realizar, por cuanto generaba las notas de venta correspondientes por una cantidad mayor de medicamentos e inmediatamente generaba otra boleta con la cantidad de medicamentos que había sido requerido efectivamente, para luego utilizar la primera nota y retirar los productos del almacén y después procedía a anular la primera nota de venta y tan solo quedaba la segunda que tenía la cantidad menor que había sido solicitada