Auto Supremo AS/0524/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0524/2014

Fecha: 15-Sep-2014

Sin costas por la contestación extemporánea


POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el art. 42 parágrafo I, num. 1) de la Ley del Órgano Judicial de 24 de junio de 2010, en aplicación de los Arts. 271 num. 2) y 273 del Código de Procedimiento Civil, declara INFUNDADO el recurso de casación en la forma, de fs. 542 a 547, interpuesto por Emma Rebeca, Mary Edith, Armando y Felipe Walter, todos de apellidos Valdez Ríos contra el Auto de Vista Nº 324/2013 de 27 de septiembre de 2013 pronunciado por la Sala Civil Comercial Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz. Con la aclaración de que se reconduce la nulidad dispuesta por Auto de Vista Nº 324/2013, y dejándose sin efecto dicha nulidad orientada hasta fs. 99, se determina que la nulidad de obrados alcanza únicamente hasta fs. 207 inclusive.
Sin costas por la contestación extemporánea