Dice el recurrente que el hecho de habérsele notificado en estrados del Tribunal de Alzada
II.1.2. Análisis del recurso de casación de Edwin Yale Jordán
II.1.2.1 Sobre la pretensión de nulidad ante la notificación en Secretaría de Sala con el decreto de 29 de mayo de 2013
Dice el recurrente que el hecho de habérsele notificado en estrados del Tribunal de Alzada con el decreto de 29 de mayo de 2013, es ilegal ya que contrariamente a lo previsto por el art. 21 de la LAPCAF, no se practicó aquella diligencia en el domicilio procesal señalado en primera instancia, y cuyo resultado originó que no se haya solicitado apertura de nuevo término probatorio, nulidad de actuados procesales, formular recusación, o bien presentar alegatos solicitando audiencia para fundamentarlos
II.1.2.1 Sobre la pretensión de nulidad ante la notificación en Secretaría de Sala con el decreto de 29 de mayo de 2013
Dice el recurrente que el hecho de habérsele notificado en estrados del Tribunal de Alzada con el decreto de 29 de mayo de 2013, es ilegal ya que contrariamente a lo previsto por el art. 21 de la LAPCAF, no se practicó aquella diligencia en el domicilio procesal señalado en primera instancia, y cuyo resultado originó que no se haya solicitado apertura de nuevo término probatorio, nulidad de actuados procesales, formular recusación, o bien presentar alegatos solicitando audiencia para fundamentarlos
- VISTOS: Los recursos de casación interpuestos por Edwin Andrés Yale Jordán (fs
- Por memorial de fs
- I
- Sobre lo anterior añade que todas las notificaciones posteriores fueran nulas, al efectuarse sin que
- Después añade que el pago de beneficios sociales a los que la Sentencia hace referencia
- Con lo anterior y no obstante que el memorial de casación denota tanto falta de
- Dice el recurrente que el hecho de habérsele notificado en estrados del Tribunal de Alzada
- El art
- Aquellos actuados, conforme se precisó anteriormente, concierne a una aplicación de la norma especial que
- El recurrente señala que el Auto de Vista impugnado fue pronunciado con pérdida de competencia
- Respecto a ello, revisados los antecedentes llegados a casación, se advierte que el proceso fue
- El planteamiento en términos de casación en el fondo señala como “violación de ley expresa”
- Corresponde señalar que el art
- En tal sentido, pronunciada la Sentencia y notificada ésta, por memorial que corre de fs
- Ahora bien, contrariamente a lo sostenido por el recurrente, en sentido que el Auto de
- “…de ninguna manera puede tener la misma condición de una Ley de la República según
- Tal consideración en opinión de la Sala no sólo guarda relación con el reclamo del
- En cuanto a esa pretensión, relativa a la falta de instrumento coactivo suficiente, corresponde recordar
- Sin costas en aplicación de los arts
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
