Respecto a ello, revisados los antecedentes llegados a casación, se advierte que el proceso fue
Respecto a ello, revisados los antecedentes llegados a casación, se advierte que el proceso fue sorteado el 14 de marzo de 2014, como se ve a fs. 836 vta., y el Auto de Vista fue pronunciado el 21 de marzo de 2014, es decir, 7 días después de haber ingresado el expediente a despacho del Vocal Relator; por tanto, dentro del término establecido por la norma adjetiva; sin embargo, corresponde señalar que se evidencia en obrados una demora injustificada en la notificación con el Auto de Vista antes referido, aspecto que amerita una severa llamada de atención a los Vocales y a la Secretaria de Sala por no supervisar las labores del Oficial de Diligencias, y a éste último por no cumplir sus funciones adecuadamente
- VISTOS: Los recursos de casación interpuestos por Edwin Andrés Yale Jordán (fs
- Por memorial de fs
- I
- Sobre lo anterior añade que todas las notificaciones posteriores fueran nulas, al efectuarse sin que
- Después añade que el pago de beneficios sociales a los que la Sentencia hace referencia
- Con lo anterior y no obstante que el memorial de casación denota tanto falta de
- Dice el recurrente que el hecho de habérsele notificado en estrados del Tribunal de Alzada
- El art
- Aquellos actuados, conforme se precisó anteriormente, concierne a una aplicación de la norma especial que
- El recurrente señala que el Auto de Vista impugnado fue pronunciado con pérdida de competencia
- Respecto a ello, revisados los antecedentes llegados a casación, se advierte que el proceso fue
- El planteamiento en términos de casación en el fondo señala como “violación de ley expresa”
- Corresponde señalar que el art
- En tal sentido, pronunciada la Sentencia y notificada ésta, por memorial que corre de fs
- Ahora bien, contrariamente a lo sostenido por el recurrente, en sentido que el Auto de
- “…de ninguna manera puede tener la misma condición de una Ley de la República según
- Tal consideración en opinión de la Sala no sólo guarda relación con el reclamo del
- En cuanto a esa pretensión, relativa a la falta de instrumento coactivo suficiente, corresponde recordar
- Sin costas en aplicación de los arts
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
