Auto Supremo AS/0001/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0001/2015

Fecha: 06-Ene-2015

El recurrente señala que el Auto de Vista impugnado fue pronunciado con pérdida de competencia

Por otra parte, en cuanto sugiere el recurrente violación al debido proceso al habérsele dejado en estado de indefensión, vedándose un expedito ejercicio del derecho a la defensa, emergencia también de la notificación con el decreto de 29 de mayo de 2013, aquellas vulneraciones no son evidentes, por cuanto -no se pierda de vista- que tanto el Juez de grado como el Tribunal de apelación concedieron tanto el recurso como el respectivo trámite a la apelación planteada por los mismos demandados.
II.1.2.2. En cuanto a la denuncia de pérdida de competencia por parte del Tribunal de Alzada
El recurrente señala que el Auto de Vista impugnado fue pronunciado con pérdida de competencia del Tribunal de Alzada, pues luego de la emisión del decreto de 29 mayo de 2013, recién el 21 de marzo de 2014, el Fallo impugnado fue pronunciado, habiéndose incurrido en la causal del art. 209 del CPC