Auto Supremo AS/0717/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0717/2015

Fecha: 05-Oct-2015

Que, conforme a la documentación que cursa en el expediente, el Tribunal ad quem confirmó

Que, conforme a la documentación que cursa en el expediente, el Tribunal ad quem confirmó adecuadamente la valoración probatoria realizada por la Juez de Instancia, es así que evidenció que efectivamente existió relación laboral entre la trabajadora y la empresa FO S.A., hecho admitido en las literales de fs. 3 a 7, donde se advierte que la trabajadora recibía materiales para realizar su trabajo, así como de fs. 11 a 20, que fueron valorados no en su literalidad, debido a que encubrían la relación laboral, y las de fs. 149 a 158 que corresponden al convenio de sustitución de empleador, que demuestran que se aplicó el art. 11 de la LGT; además las pruebas testificales de cargo cursantes de fs. 216 a 219, que demostraron que la actora prestaba servicios en el pernocte de la Empresa demandada, aspecto que corroboró la existencia de dicho vínculo laboral bajo las características de subordinación y dependencia