Auto Supremo AS/0717/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0717/2015

Fecha: 05-Oct-2015

Tan evidente es lo anterior que es en la exposición de motivos del citado DS

Tan evidente es lo anterior que es en la exposición de motivos del citado DS que, refiriéndose a los arts. 44 de la LGT y 33 de su DR, señala en tiempo presente: “Que de acuerdo con las disposiciones anteriormente citadas, en caso de retiro se compensa en dinero únicamente la vacación pendiente de uso por cada año cumplido de trabajo”