Auto Supremo AS/0740/2015-RRC-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0740/2015-RRC-L

Fecha: 12-Oct-2015

Refiere que las contradicciones anotadas vulneran su derecho a la defensa, al principio de legalidad


2) Agrega que en el escrito de apelación restringida, hizo evidente el defecto de la Sentencia, consistente en declarar la existencia de dolo, en el hecho material de haber girado el cheque, como si ese acto pueda ser considerado como delictivo, cuando en realidad el sólo hecho del giro del documento, no constituye delito; por ende, no puede declararse que concurre el dolo; puesto que, la consumación del delito está en la falta de pago, posterior a la intimación del mismo; es decir, dentro de las setenta y dos horas. Aspecto que no fue resuelto correctamente por la Sala de alzada; por lo que, sólo reitera lo referido en la Sentencia, de que el dolo se encuentra en el giro del cheque, basado en una descripción de la hipótesis propuesta por la parte acusadora.

Refiere que las contradicciones anotadas vulneran su derecho a la defensa, al principio de legalidad por no haber considerado, que el cheque entregado como pago o como garantía de un crédito, es un hecho delictivo cometido por ambas partes, tanto por el acreedor como por el deudor, por ello no se debe resolver en la vía penal; sino, en un juicio ejecutivo. Razonamiento expuesto en el Auto Supremo 028 de 4 de febrero de 2010