Auto Supremo AS/0749/2015-RRC-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0749/2015-RRC-L

Fecha: 12-Oct-2015

Ahora bien, la decisión adoptada por el Tribunal de alzada, no se encuentra sustentada legalmente,


Ahora bien, la decisión adoptada por el Tribunal de alzada, no se encuentra sustentada legalmente, en razón a que ella no reviste un adecuado análisis de los antecedentes y datos del proceso, en razón a que entendió que las pruebas consistentes en las cartas con representación notarial que supuestamente contienen la conminatoria que otorga el plazo de 72 horas al girador, para que realice el pago respectivo de los importes de los cuatro cheques se encuentra judicializada; sin embargo, no toma en cuenta de que la mencionada documental fue excluida del proceso mediante Resolución de exclusión probatoria por el Juez a quo; por consiguiente, es evidente la versión del recurrente en sentido de que se consideró a dicha prueba como si la misma formara parte de la prueba producida legalmente en el juicio por ende judicializada cuando no es así, y esa mala determinación conlleva a realizar afirmaciones erradas referidas a la insuficiente fundamentación e inadecuada valoración de la prueba que supuestamente presenta la Sentencia